Un contrato es la plasmación en una forma y otra, de un acuerdo que sobre una cuestión en concreto han llegado dos o más partes. De cualquier contrato nacen unos derechos y obligaciones para cada una de las mismas, y en consecuencia en la mayoría de contratos no cabe la rescisión unilateral del mismo, pero ello tiene algunas excepciones.
De entrada decir que obviamente resulta lógico que un contrato no se pueda, de entrada, rescindir unilateralmente (por una de las partes que libremente lo desee, aún las otras no deseando esa rescisión), pues si pudiese hacerse el mismo concepto de contrato carecería de sentido, máxime cuando simplemente sería una mera declaración de voluntad, voluble y que no generaría obligación en la parte, pues la misma siempre podría desligarse, y eso no resultaría ni lógico ni en realidad operativo, pues no existirían los contratos.
Ahora bien, existen algunas salvedades que conviene conocer: de entrada la más destacada es aquella en la que por ejemplo firmamos un contrato para adquirir, probar o trabajar en algo, pero queremos «probarlo», entonces en ese aspecto si que resulta habitual que durante el periodo de prueba ambas partes puedan desligarse libremente, sin mayor obligación que comunicárselo a la otra y sin motivo alguno.
Otro de los casos donde la renuncia unilateral cabe, es en aquellos casos, donde se haya estipulado esta posibilidad en el contrato o bien se hayan estipulado algunos supuestos en los que ella cabrían y esos supuestos se produzcan. Luego, y finalmente, en una tercera instancia, siempre existirá la posibilidad de solicitar judicialmente que nos desliguen de nuestra obligación contractual, que declaren nulo el contrato, si entendemos que el mismo se ha producido con abuso, que lo hemos firmado bajo coacción, etc. (atención, que sea por estos motivos, no porque nos hayamos equivocado y luego queramos rectificar o porque no supimos decir que no, en este caso entraría, en todo caso, el derecho de desistimiento pero no es el asunto que en este texto nos ocupa). abogado testamentos.